La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional de Venezuela por la muerte de cinco jóvenes en un incendio ocurrido en un centro correccional juvenil.
En junio de 2005, se produjo un incendio en el Centro de Tratamiento y Diagnóstico Monseñor Juan José Bernal, el cual no fue controlado por falta de equipamiento adecuado y actuación tardía de las autoridades. Cinco jóvenes fallecieron.
La Corte recordó que el Estado se encuentra en una situación de especial garante sobre las personas privadas de libertad, tanto más tratándose de niños. Se verificó que el centro se encontraba en situación de hacinamiento, que las instalaciones eran precarias y no separaban entre menores de edad y mayores de 18 años ni entre personas detenidas y personas condenadas. La ausencia de protocolos y estrategias se evidenció en el incendio, con la actuación tardía y la demora en recibir ayuda externa. El Estado reconoció los hechos.
Por ende, se declaró la violación de los derechos a la vida, integridad y los derechos del niño, así como a las garantías judiciales respecto de la investigación de lo ocurrido, y ordenó continuar con las investigaciones, brindar tratamiento psicológico a familiares e implementar protocolos de emergencia en centros de privación de libertad de adolescentes y pagar una indemnización de entre US$ 5,000 y US$ 160,000 a cada familiar.
Caso Mota Abarullo vs. Venezuela

