El Tribunal Supremo de España ha rechazado la solicitud cautelar formulada contra la decisión de continuar con las elecciones convocadas para el 12 de julio de 2020.
Debido a un rebrote de COVID-19, se dispuso el confinamiento de la localidad de A Mariña del 6 al 10 de julio.
Ante la cercanía de las elecciones al Parlamento de Galicia, grupos políticos solicitaron se suspendan estas. Este pedido fue rechazado pues se consideró que las condiciones actuales permiten desarrollar los comicios.
La coalición electoral Galicia en Común-Anova Mareas interpuso recurso contencioso-administrativo y solicitó se adopten las medidas cautelares que garanticen que los pobladores de A Mariña puedan ejercer su derecho al voto.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo observa que se dejó pasar un día entero para interponer el recurso, lo que no se condice con la urgencia alegada, y que su pedido cautelar es genérico e indeterminado y solo consiste en que se cumpla con la ley electoral, sin precisar medida concreta alguna.
Por tanto, la Sala desestimó la medida cautelar solicitada.
Recurso ordinario contencioso administrativo N° 172/2020
España: Se rechaza solicitud cautelar de suspensión de elecciones pese a brote de COVID-19
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