Perú: Municipalidad de Lima es competente para prohibir motocicletas en vías expresas

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Fachada de la Casa de Pilatos (Lima, Perú).

El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima que prohíbe la circulación de motocicletas en vías expresas.

Una magistrada considera que la potestad de definir qué vehículos pueden circular está atribuida a la Municipalidad Metropolitana de Lima y que la medida se justifica en la mayor probabilidad de fatalidad.

Dos magistrados, por fundamentos distintos, consideran que la disposición municipal no afecta a las rutas nacionales (que se encuentran bajo competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones) y que la medida es proporcional.

Otro magistrado considera que la ordenanza fue emitida en el marco de la autonomía política y las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Por otra parte, tres magistrados disienten, pues consideran que la ordenanza afecta vías nacionales, que no son de competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y que no se ha justificado la proporcionalidad de la medida, además de que la siniestralidad en motocicletas en vías expresas es menor.

Al no alcanzarse la mayoría calificada de cinco votos, se declara infundada la demanda.

Exp. 00014-2018-PI/TC