El Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda competencial sobre la vacancia presidencial por incapacidad moral pues se refería a la moción que fue rechazada.
En septiembre de 2020, ante el planteamiento de una moción de vacancia, el Poder Ejecutivo presentó demanda competencial por menoscabo de atribuciones contra el Poder Legislativo, invocando que el ejercicio de la competencia constitucional de declarar la vacancia de la Presidencia por incapacidad moral permanente impactaba sobre la atribución al presidente de dirigir la política general del gobierno.
El Tribunal Constitucional consideró que, toda vez que esta moción de vacancia fue desaprobada, ha operado la sustracción de la materia, de modo que la demanda es improcedente.
Por tanto, por 4-3, se declara improcedente la demanda.
Dos magistrados consideran que el Congreso realizó un ejercicio irregular de sus atribuciones, pues la declaración de vacancia realizada el 9 de noviembre obedeció a hechos controvertidos distintos de los imputados en la moción correspondiente. Por su parte, un magistrado considera que la incapacidad moral se refiere a incapacidad mental.
Exp. 00002-2020-PCC/TC

