El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que Rusia vulneró el derecho a la libertad religiosa al no permitir a un recluso musulmán realizar las oraciones que preceptúa su fe.
Un varón fue sentenciado a cadena perpetua. Como musulmán practicante, realiza oraciones (salat) en horas determinadas. Por realizarlas durante el periodo asignado para dormir, recibió una amonestación formal, la que impugnó sin éxito ante los tribunales rusos.
El Tribunal recuerda que la libertad de pensamiento, conciencia y religión no solo incluye el derecho a profesar o no creencias religiosas, sino también a manifestarlas; y que las personas privadas de su libertad continúan gozando de todos los demás derechos fundamentales.
Agrega que no se exige un trato diferenciado que tenga implicancias financieras ni se interfiere con el orden y la seguridad de la prisión si un recluso realiza oraciones, tanto más si –como ocurre en este caso– se encuentra en confinamiento solitario.
Por tanto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluye que se ha violado el derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión y condena al pago de una indemnización de 4,600 €.
Caso Korostlev vs. Rusia
TEDH: Rusia debe permitir a reo musulmán realizar las oraciones de su fe
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