Brasil: Restricciones por pandemia no afectan libertad religiosa.

Published by

on

Fachada del Supremo Tribunal Federal de Brasil.

El Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró constitucional el Decreto Estatal que restringe temporalmente las actividades religiosas presenciales en São Paulo, por buscar contener la pandemia.

El Partido Social Democrático cuestiona la constitucionalidad de un Decreto Estatal de São Paulo que prohibió temporalmente las ceremonias religiosas presenciales por la pandemia de COVID-19.

El Tribunal considera que tales medidas no socavan la libertad de conciencia en materia religiosa de las personas, sino únicamente ciertas formas de culto, las cuales pueden ser restringidas por cuestiones de seguridad y salud públicas, como ocurre en este caso dado el contexto de la pandemia.

El Tribunal observa que las medidas adoptadas se basan en una Nota Técnica del Centro de Contingencia de Coronavirus, de modo que tienen sustento técnico y científico, y concluye que son medidas adecuadas y necesarias para proteger los derechos a la vida y a la salud.
 
Por tanto, por 9-2, se declaró improcedente la demanda.

Dos ministros discrepan, pues consideran que son suficientes las restricciones de aforo y medidas de bioseguridad.

Arguição de Descumprimento de Preceito Fundamental 881-MC/DF

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.