La Corte Suprema de Chile amparó el recurso de protección que buscaba permitir las actividades de culto presenciales, debiendo establecerse un sistema de permisos a tal fin.
El Ministerio de Salud chileno dispuso la prohibición de «eventos con público en que los asistentes tienen ubicación fija» en lugares declarados en cuarentena y transición. Un ciudadano interpuso recurso de protección contra esta prohibición, ya que le impedía participar de la misa dominical.
La Corte observa que la regulación de estados de excepción no permite restringir la libertad religiosa y que el culto en la misa dominical es el núcleo de la fe católica del demandante. Por ende, dicho derecho se ve lesionado por el impedimento de celebrar misa.
Sin embargo, sí cabe aplicar restricciones de aforo, las que permanecen vigentes.
De otro lado, la Corte aprecia que se han otorgado permisos de desplazamiento para, entre otros, practicar deporte, lo cual implica un tratamiento discriminatorio respecto de las actividades religiosas.
Por tanto, se acoge el recurso de protección y se ordena a la autoridad regular los permisos pertinentes.
Rol 21.963-2021

