Corte IDH: Colombia vulneró derechos de periodista atacada como represalia por cobertura de enfrentamientos en prisión

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Fachada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que Colombia vulneró los derechos de una periodista que fue atacada sexualmente al interior de una prisión como represalia por la cobertura de enfrentamientos al interior de esta.

Una periodista y defensora de Derechos Humanos cubrió los enfrentamientos entre paramilitares y delincuentes comunes ocurridos en la Cárcel “La Modelo” en el año 2000. Producto de esta cobertura empezó a recibir amenazas. Con el engaño de ofrecerle una entrevista, fue secuestrada al interior de la prisión, donde fue atacada sexualmente por varios hombres. Solo tres personas fueron recibieron condena.

La Corte destaca el contexto de violencia contra las mujeres y los periodistas que se vivió durante el conflicto armado en Colombia, en donde la violencia sexual fue utilizada como arma de guerra.

La Corte enfatiza que, en contextos como este, los Estados deben aplicar una diligencia reforzada a fin de identificar los riesgos especiales que afrontan las mujeres y adoptar medidas que garanticen su seguridad con enfoque de género.

En el caso particular de los ataques contra mujeres periodistas, la Corte señala que los Estados deben abordar las investigaciones desde una perspectiva interseccional que considere los ejes de vulnerabilidad.

La Corte observa graves indicios de participación de agentes estatales y califica los ataques  como tortura efectuada con la aquiescencia del Estado. Al emplearse la violencia para intimidarla y castigarla por su labor periodística, se vulneró su libertad de pensamiento y expresión.

La Corte verifica que las investigaciones no fueron diligentes, a tal punto que la propia víctima tuvo que realizar investigaciones propias y declarar hasta en doce ocasiones, lo cual fue revictimizante. Asimismo, aprecia que investigaciones estuvieron contaminadas por estereotipos machistas, incluyendo el rumor de que la periodista mantenía una relación sentimental con un guerrillero; además de constatar el excesivo tiempo transcurrido.

Por ende, se declara que se vulneraron los derechos a la dignidad, a la libertad, a la integridad, a no ser sometido a tortura y a la libertad de pensamiento y expresión; y se ordena investigar, juzgar y sancionar a los responsables; difundir el programa “No es Hora de Callar” en medios estatales; crear el “Centro Investigativo No es Hora de Callar”, centro de memoria y dignificación de las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado y del periodismo de investigación; crear un Fondo de Asistencia a mujeres periodistas víctimas de violencia de género; capacitar a los funcionarios y operadores; y pagar indemnizaciones por un total de US$ 150,000.00 a la periodista y a su madre.

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