Corte IDH: Paraguay vulneró independencia judicial al destituir a dos ministros de la Corte Suprema

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Fachada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que Paraguay vulneró la independencia judicial de dos ministros de la Corte Suprema que fueron destituidos por el Congreso.

Dos ministros de la Corte Suprema de Paraguay fueron sometidos a un juicio político y destituidos en año 2003. Ambos interpusieron acciones de inconstitucionalidad, que fueron amparadas, pero el Congreso amenazó a los jueces con destituirlos si ejecutaban las sentencias estimatorias, de modo que estas fueron declaradas nulas por la Corte Suprema.

La Corte Interamericana reitera que la independencia judicial es una garantía esencial del debido proceso, por el rol tutelar de los jueces para la democracia.

La Corte señala que, también en los juicios políticos, son aplicables las garantías del debido proceso y enfatiza que, aunque este se dé en órganos políticos, cuando se dirige contra autoridades judiciales, el control debe basarse en criterios jurídicos, no políticos, y no puede fundarse en las opiniones emitidas en el ejercicio de la función jurisdiccional, salvo infracciones intencionales al ordenamiento o incompetencia. De otro modo, se afectaría la independencia judicial.

Así, la Corte concluye que los ministros fueron destituidos por sus opiniones en decisiones judiciales, lo cual vulneró la independencia judicial. Esta fue vulnerada también por la injerencia del Congreso para anular las sentencias favorables a ambos.

Por tanto, se declara la vulneración de la independencia judicial y las garantías judiciales y se ordena el pago de US$ 525,000.00 a favor de uno de ellos y US$ 295,000.00 a favor de los herederos del otro. No se dispone la reincorporación por no existir vacantes en la Corte Suprema y por el tiempo transcurrido.

Caso Ríos Avalos vs. Paraguay

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