Corte IDH: Uruguay es responsable de la desaparición forzada y ejecución de 5 personas durante la dictadura cívico-militar

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Fachada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que Uruguay es responsable por las desapariciones forzadas de dos personas y ejecuciones extrajudiciales de tres personas en el marco de la dictadura (1973-1985).

Uruguay sufrió una dictadura cívico-militar desde el golpe de Estado del 27 de junio de 1973 hasta febrero de 1985. En este contexto, se implementaron medidas de control social y de represión a organizaciones políticas de izquierda. Luego de retornar a la democracia, se emitió la Ley de Caducidad, para no ejercer acción penal por los hechos ocurridos; además de crear una Comisión para la Paz, que presentó su informe en el 2003.

En abril de 1974, tres mujeres, de entre 19 y 21 años de edad, murieron a manos de las fuerzas armadas, luego de que estas dispararan contra el apartamento de una persona buscada.

En diciembre de 1974, las fuerzas armadas detuvieron y torturaron a un estudiante de medicina de 22 años y miembro del Partido Comunista y Revolucionario. No volvió a ser visto. En julio de 1977, las fuerzas armadas detuvieron y torturaron a un dirigente sindical y miembro del Partido Comunista. No volvió a ser visto.

En todos los casos, las investigaciones fueron impedidas por la Ley de Caducidad.

La Corte recuerda que la desaparición forzada se configura si concurren la privación de libertad, la intervención directa de agentes estatales o su aquiescencia y la negativa de reconocer la detención o revelar el paradero. En este caso, las dos personas desaparecidas fueron detenidas ilegalmente en centros clandestinos, lo que anuló toda posibilidad de ejercer sus derechos de modo efectivo.

La Corte aprecia que no hubo investigaciones inmediatas sobre las desapariciones forzadas ni las muertes violentas y que el Estado no ha mostrado una conducta diligente con posterioridad por las excesivas demoras en los procesos. Por ello, la Corte considera que se ha violado también el derecho a la verdad.

Sobre las ejecuciones extrajudiciales, la Corte señala que carece de competencia para determinar responsabilidad penal; sin embargo, califica la excesiva demora en las investigaciones como una lesión del derecho a la integridad de sus familiares.

Por ende, se declara la violación de los derechos a la vida, libertad, integridad y garantías judiciales de las víctimas y sus familiares y ordena continuar con las investigaciones, identificar el paradero de los desaparecidos, brindar tratamiento psicológico a los familiares, fortalecer la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, capacitar a las fuerzas armadas sobre derechos humanos y pagar indemnizaciones que suman US$ 1’260,000.00.

Caso Maidanik y otros vs. Uruguay

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.