El Tribunal Constitucional de España suspendió provisionalmente la disposición de la Ley de Salud de Galicia que establece la vacunación obligatoria.
El art. 38.2.b).5 de la Ley 8/2008, Ley de Salud de Galicia, modificada por la Ley 8/2021, faculta a las autoridades sanitarias a imponer la vacunación obligatoria a la población gallega para el control de enfermedades infecciones en situaciones de grave riesgo para la salud pública.
El Gobierno central interpuso recurso de inconstitucionalidad contra dicha norma y solicitó la suspensión provisional de la vacunación obligatoria.
El Tribunal Constitucional aprecia que la vacunación obligatoria no es una medida preventiva prevista por la Ley Orgánica de medidas especiales en materia de salud pública. Asimismo, señala que se trata de una intervención corporal coactiva al margen de la voluntad del ciudadano.
Por ende, el Tribunal concluye que es necesario suspender esta disposición en tanto se resuelve el recurso de inconstitucionalidad, pues de otro modo se producirían perjuicios irreparables o de difícil reparación.
Recurso de inconstitucionalidad núm. 1975-2021

