Alemania: Arbitraje deportivo no presenta garantías suficientes del debido proceso

Published by

on

Fachada del Tribunal Constitucional Federal de Alemania.

El Tribunal Constitucional Federal de Alemania determinó que el arbitraje deportivo ante el TAS no contiene suficientes garantías del debido proceso, de modo que la cláusula arbitral que se somete a este tribunal vulnera el derecho de acceso a un proceso justo.

La demandante es una deportista que fue sancionada con dos años de inhabilitación tras dar resultados anormales en una muestra antidopaje, lo que le impidió participar de los Juegos Olímpicos de Invierno 2010. El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS, por sus siglas en francés), al conocer de la apelación contra esta sanción, rechazó el pedido de audiencia pública y desestimó la apelación. Posteriormente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó la vulneración del derecho a un proceso justo por la ausencia de audiencia pública.

La demandante inició una demanda contra la asociación deportiva alemana y la federación internacional con el objeto de que se declarar que su inhabilitación fue ilegal y se le indemnice. La Corte Federal desestimó su demanda, considerando que el TAS ya se había pronunciado al respecto.

El Tribunal Constitucional Federal recuerda que el arbitraje, al reemplazar a los tribunales ordinarios, debe cumplir con las garantías del proceso justo establecidas en la Ley Fundamental y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal observa que los estatutos del TAS no contemplan el derecho a una audiencia pública, que forma parte del derecho de acceso a la justicia conforme a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal agrega que lo decisivo es que los estatutos del TAS, aplicables en función del convenio arbitral, no otorgan el derecho a un proceso público, con lo que se inobservan las garantías del Convenio Europeo de Derechos Humanos, vulnerando así el derecho de acceso a un proceso justo.

Por ende, se declara nula la sentencia de la Corte Federal de Justicia que desestimó la demanda de indemnización.

1 BvR 2103/16