Antigua y Barbuda: Criminalización de actos homosexuales es inconstitucional

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Fachada de la Corte Suprema del Caribe Oriental.

La Corte Suprema del Caribe Oriental declaró que la criminalización de la actividad homosexual consentida entre personas adultas vulnera los derechos a la libertad personal, libertad de expresión, igualdad e intimidad.

La Ley de Delitos Sexuales de 1995 de Antigua y Barbuda tipifica la homosexualidad como delito de sodomía, con penas de entre 5 años de prisión y cadena perpetua. La asociación Women Against Rape y un ciudadano interpusieron una acción de cuestionamiento de constitucionalidad contra dicha ley en tanto incluyen actos consentidos entre personas adultas, lo que atenta contra los derechos a la dignidad, igualdad, libertad personal, libertad de expresión e intimidad.

La Corte observa que el Estado antiguano ha suscrito varios tratados internacionales de derechos humanos que prohíben la discriminación por razones de orientación sexual. De igual manera, la Corte aprecia que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de la ONU declararon que la criminalización de la intimidad consentida entre adultos del mismo sexo es contraria a los derechos humanos. Similares pronunciamientos fueron identificados en altos tribunales de Sudáfrica, India, Botswana, Bélice y Trinidad y Tobago.

La Corte considera que la prohibición de discriminación por razones de sexo contenida en la Constitución antiguana no solo se refiere al sexo biológico, sino que incluye además la identidad de género y la orientación sexual.

Asimismo, la elección de una pareja con la que cada persona pueda vincularse de manera romántica o íntima es una decisión personal y privada protegida por los derechos a la intimidad y la libertad de expresión.

La Corte verifica que las disposiciones de la Ley de Delitos Sexuales excluyen de su ámbito de aplicación a las personas adultas que actúen con consentimiento, de modo que se dirige específicamente contra las parejas del mismo sexo.

Por ende, la Corte concluye que se vulneran los derechos a la libertad personal, libertad de expresión, igualdad e intimidad y declara inconstitucionales las secciones 12 y 15 de la Ley de Delitos Sexuales en los extremos que criminalizan la actividad homosexual consentida entre personas mayores de 16 años.

Claim No. ANUHCV2021/0042

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.