La Suprema Corte de los Estados Unidos declaró que se vulneró la libertad religiosa de un entrenador de fútbol americano que fue despedido por la escuela pública por realizar oraciones en el campo deportivo luego de los partidos.
Luego de los partidos de fútbol americano, el entrenador del equipo de una escuela secundaria pública de Bremerton, Washington, solía colocarse al medio de la cancha y arrodillarse para ofrecer una oración de gratitud. En ocasiones, se le unían algunos jugadores. Las autoridades escolares le exigieron cesar tal conducta, pues atentaría contra la laicidad de las instituciones públicas. Al no cumplir con ello, fue despedido.
La Suprema Corte determina que los derechos a la libertad de expresión y al libre ejercicio de la fe contenidos en la Primera Enmienda protegen de represalia estatal a las personas que efectúan actividades religiosas.
Contrariamente a lo invocado por las autoridades escolares, la Corte considera que la Constitución no ordena ni permite al gobierno a suprimir tales manifestaciones religiosas.
La Corte enfatiza que lo cuestionado fue una conducta voluntaria e individual del entrenador, lo cual no se ve afectado por el hecho de que determinados estudiantes, también de manera voluntaria, decidan unirse a él. Al prohibirse una conducta religiosa solo por tener tal calidad, se atentó contra su libertad religiosa.
La Corte señala que efectuar oraciones no se enmarca dentro de sus deberes como entrenador deportivo, de modo que, al hacerlo, no ejecutaba una política ni transmitía un mensaje estatal, por lo que la laicidad de la escuela pública no se ve afectada.
La Corte agrega que la sola realización de actividad religiosa por un profesor o entrenador no implica que los estudiantes sean coercionados a participar de estas y no hay evidencia que muestre tal coerción.
La Corte concluye que el respeto a las manifestaciones religiosas es indispensable para una sociedad libre y diversa. Al haberse acreditado que se castigó al entrenador por efectuar actividades religiosas, se incurrió en discriminación por razones de fe. Por tanto, se revoca la sentencia.
Tres jueces disienten, pues consideran acreditado que no se trató de oraciones privadas y tranquilas, sino de actos que causaron gran disrupción en los eventos escolares. En tal sentido, la cuestión clave radica en si la escuela pública está obligada a permitir la incorporación de una muestra pública y comunicativa de las creencias personales de un trabajador.
Kennedy vs. Bremerton School District
EE.UU.: Despido de entrenador de escuela pública por realizar oraciones luego de los partidos fue inconstitucional
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