España: Condenan a guardias civiles que hostigaron a compañero con comentarios homofóbicos

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Fachada del Tribunal Supremo de España.

El Tribunal Supremo de España confirmó la condena de diez meses de prisión y 10,000 € de reparación civil contra cuatro guardias civiles que hostigaron y humillaron a un compañero con comentarios homofóbicos.

En junio de 2010, un guardia civil fue reasignado al Puesto de la Guardia Civil de Noia y, desde que se incorporó, sufrió hostigamiento constante por el cuatro compañeros, quienes difundieron rumores sobre su orientación sexual, le atribuyeron apelativos como «maricón», «Graciosa», «Diamante» o «la mujer del Puesto», realizaron comentarios como «los maricones no deberían estar en la Guardia Civil», «muerte a los maricones» o «prefiero tener un hijo muerto o drogadicto que maricón» y lo calificaban públicamente, incluso ante la ciudadanía, como vago e incompetente.

Asimismo, los guardias mencionados derivaban actuaciones pendientes a su horario, con el objeto de sobrecargarlo laboralmente y generar la percepción de ineficiencia de su trabajo ante los superiores.

El hostigamiento y la humillación, efectuada con la aquiescencia de los superiores, fue constante e ininterrumpida por más de cuatro años, hasta que, en noviembre de 2014, el guardia objeto de acoso fue atendido médicamente por una crisis de ansiedad, lo que desembocó en su baja por razones médicas.

El Tribunal Militar Territorial Cuarto condenó a los cuatro guardias a diez meses de prisión por el delito de abuso de autoridad en la modalidad de acoso profesional y atentado grave contra la dignidad personal en el trabajo realizando actos que supongan discriminación por la orientación sexual. Contra esta, se interpuso recurso de casación.

El Tribunal verifica que la sentencia condenatoria se basa no solo en la declaración de la víctima, como alegan los guardias, sino que ha sido corroborada por numerosos testimonios. Asimismo, sobre la presentación en audiencia de un nuevo informe médico, el Tribunal constata que su defensa tuvo oportunidad de conocer dicho medio probatorio e interrogar al perito.

Asimismo, el Tribunal integra la sentencia pues, pese a señalarlo en la parte considerativa, no se precisa en la parte resolutiva la responsabilidad subsidiaria del Estado para la reparación civil.

Por tanto, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación, confirma la condena por el delito de abuso de autoridad en diez meses de prisión y reparación civil de 10,000 € e incluye en el fallo la responsabilidad subsidiaria del Estado.

STS 2052/2022