TEDH: Bulgaria vulneró derechos al no contemplar los motivos homofóbicos como agravantes del delito de homicidio

Published by

on

Fachada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que Bulgaria vulneró los derechos a la vida y no discriminación por brindar una respuesta insuficiente a los crímenes de odio por razones homofóbicas al no contemplar tales motivos como agravantes del delito de homicidio.

En septiembre de 2008, tres jóvenes que se dedicaban a asechar en un parque y atacar personas que percibieran como homosexuales emboscaron a un tercero y lo golpearon hasta que murió por asfixia. En junio de 2010, los tres agresores fueron arrestados y procesados y en 2015 dos de ellos fueron condenados a 10 años y 4 años y medio de prisión, respectivamente, penas por debajo del mínimo legal.

El Tribunal observa, en primer lugar, que el Código Penal búlgado no contempla el homicidio motivado por la orientación sexual de la víctima (sea real o percibida) como una agravante o un delito más grave.

Ahora bien, el Tribunal verifica que los jueces búlgaros incorporaron la homofobia en su análisis para rechazar imputarles el delito de vandalismo, pero no queda claro cómo es que dicho motivo fue empleado a efectos de determinar la pena. Por su parte, la Corte Suprema de Casación no mencionó los motivos homofóbicos en absoluto.

El Tribunal concluye que, si bien se determinó claramente que los motivos detrás del ataque se basaron en el odio de los agresores contra los homosexuales, ello no recibió ninguna consecuencia tangible ante los jueces búlgaros, ya que la legislación no los habilita a considerarlo una agravante.

Por tanto, se declara que Bulgaria vulneró el derecho a la vida y no discriminación al no establecer un marco legal que proteja adecuadamente a las personas homosexuales contra crímenes de odio y ordenó pagar una indemnización de 7,000 €.

Dos jueces presentan un voto concurrente, en el que agregan que, a su juicio, las sentencias condenatorias fueron manifiestamente desproporcionales por ubicarse la pena por debajo del mínimo legal.

Caso Stoyanova vs. Bulgaria

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.