El Tribunal Constitucional Federal de Alemania se pronunció a favor de la libertad académica y la protección de la recolección de data confidencial, si bien rechazó la demanda contra la confiscación de información confidencial en el marco de una investigación por razones procesales.
Un profesor de psicología entrevistó a diversas personas privadas de libertad en el marco de un proyecto de investigación sobre la radicalización islamista en las prisiones. A los entrevistados se les entregó una cartilla que garantizaba el deber de confidencialidad de la información que proporcionen.
Uno de los entrevistados es sospechoso de ser miembro de una organización terrorista extranjera, motivo por el cual un juez de instrucción ordenó el registro de la oficina de investigación y la confiscación de las grabaciones y documentos vinculados.
El profesor cuestionó esta medida invocando su derecho a la libertad de investigación, pero los tribunales penales rechazaron sus alegaciones, aduciendo que no se encontraba entre las excepciones previstas por el Código Procesal Penal para rendir declaración.
El Tribunal Constitucional Federal observa que la demanda es extemporánea y, por ende, debe rechazarse.
Sin embargo, el Tribunal considera necesario resaltar que la Ley Fundamental reconoce el derecho a la libertad de investigación, el que no fue adecuadamente valorado por los tribunales penales.
El Tribunal señala que la libertad de investigación incluye la recolección y confidencialidad de datos en el contexto de proyectos de investigación científica. En concreto, la afectación se manifiesta en que el decomiso de información confidencial hace más difícil que personas involucradas tengan la confianza suficiente para aportar información relevante en la reanudación del estudio y en estudios futuros.
Por ende, la recopilación de datos confidenciales forma parte del método científico protegido y el decomiso por parte del Estado torna difícil o imposible llevar a cabo investigaciones que se basen en tal recopilación.
El Tribunal agrega que, contrariamente a lo señalado por los tribunales penales, el impacto sobre la libertad de investigación fue grave, pues los datos revelados no estaban destinados a ser publicados y porque se reveló más información que la estrictamente vinculada a la persona sospechosa.
El Tribunal indica además que la prevención del delito depende en gran medida del conocimiento sobre las dinámicas que lo promueven, lo cual se logra con investigaciones criminológicas como la afectada en este caso. Por tanto, la prevención del delito se ve obstaculizada por el mandato de divulgación.
En atención a que la demanda es extemporánea, esta es rechazada.
1 BvR 2219/20
Alemania: Libertad de investigación debe ser tomada en cuenta al autorizar confiscación de información académica
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