Australia: Potestad administrativa de despojar de ciudadanía a condenados es inconstitucional

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Alta Corte de Australia.

La Alta Corte de Australia declaró que la potestad del Ministro de Asuntos Domésticos para despojar a una persona de su ciudadanía australiana por condena penal es inconstitucional pues implica imponer penas accesorias a las determinadas por los jueces penales.

La Ley de Ciudadanía Australiana de 2007 confiere al Ministro de Asuntos Domésticos la potestad de declarar el cese de la ciudadanía australiana de las personas que sean condenadas por terrorismo a una pena de por lo menos 3 años y, a juicio del Ministro, la conducta criminal haya mostrado que la persona condenada ha repudiado su lealtad a Australia, de modo que sería contrario al interés público que continúe siendo ciudadano australiano.

Un ciudadano argelino, naturalizado australiano, fue condenado a 15 años de prisión por pertenecer a una organización terrorista y dirigir sus actividades. Pocos días después de cumplirse el periodo de sentencia, en noviembre de 2020, el Ministro de Asuntos Domésticos declaró que dicha persona cesó en su ciudadanía australiana.

La Corte recuerda que, en su jurisprudencia, ha determinado ya con anterioridad que son inconstitucionales otras disposiciones que permitían al Ministro despojar a una persona de su ciudadanía australiana por cometer actos terroristas, si bien estas otras no requerían condena judicial.

La Corte considera que la Constitución otorga a la judicatura la función de castigar el delito, de modo que cualquier derivación de tal función al Poder Ejecutivo será inconstitucional.

Por ende, la Corte determina que la potestad de cesar a una persona en su ciudadanía como consecuencia de una condena penal implica el ejercicio de una función exclusivamente judicial por parte del Ministro de Asuntos Domésticos. El que la determinación de este castigo (cese de ciudadanía) se produzca en un momento distinto a la determinación de responsabilidad penal no quita que se trata de una invasión de funciones.

Por ende, la Alta Corte declara que dicha potestad es inconstitucional y ordena que se restituya la ciudadanía de la persona condenada.

[2023] HCA 33

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.