La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos declaró que las penas que incluyen castigos corporales son incompatibles con la Carta Africana.
Un ciudadano fue condenado por los tribunales de Tanzania a treinta años de prisión y a recibir doce golpes de vara por el delito de robo a mano armada.
La Corte Africana considera que en el marco del proceso penal no se le ofreció la alternativa de acceder a asesoría jurídica gratuita. No obstante, aprecia que los tribunales tanzanos decidieron sobre su condena en un plazo razonable y evaluando todas las pruebas presentadas.
La Corte repara, sin embargo, en que la condena incluye una pena de doce golpes de vara.
Al respecto, la Corte señala que, si bien la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos no otorga definiciones de tortura y trato cruel, inhumano o degradante, en su jurisprudencia ha adoptado la definición contenida en la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
Bajo tales parámetros, la prohibición de tortura y trato o pena cruel inhumano o degradante debe ser interpretado de manera amplia para incluir el marco más amplio posible de abusos físicos y mentales. En tal sentido, la Corte señala que el elemento determinante es la severidad del sufrimiento físico o mental que se inflige sobre la persona.
La Corte recuerda además que la Relatoría Especial de las Naciones Unidas contra la Tortura ha manifestado además que el castigo corporal de los reclusos es incompatible con la prohibición contra la tortura consagrada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Sobre dicha base, la Corte verifica que Tanzania, si bien prohíbe la tortura y el trato o pena inhumano o degradante en su Constitución, cuenta con legislación punitiva que incluye el castigo corporal, lo cual contraviene la Carta Africana.
Por ende, ordena a Tanzania compensar al peticionario con 300,000.00 chelines tanzanos (US$ 120.00) y remover al castigo corporal de su legislación.
Caso Maige vs. Tanzania
CADHP: Tanzania vulneró derechos al aplicar penas que incluyen castigos corporales
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