Colombia: Nula expulsión de estudiante sancionado por participar en protestas

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Fachada del Palacio de Tribunales de Colombia.

La Corte Constitucional de Colombia declaró nula la expulsión de un estudiante que fue sancionado por participar en protestas sociales.

Dos estudiantes de la Universidad de Pamplona fueron expulsados tras participar en protestas en el Municipio de Pamplona, acusándoseles de utilizar explosivos en dicho contexto.

La Corte Constitucional recuerda que la educación es un derecho y un servicio público que impone al Estado y a la sociedad la obligación de garantizar la formación de niños, adolescentes y jóvenes.

La Corte señala que, si bien las universidades cuentan con autonomía para garantizar las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, su autonomía tiene límites para evitar la arbitrariedad. En asuntos disciplinarios, ello implica tipificar previamente las faltas y conducir procedimientos que respeten el debido proceso.

La Corte indica que la Constitución colombiana garantiza el derecho a la protesta pacífica. En su jurisprudencia, la Corte ha señalado que las universidades no pueden poner límites injustificados a la protesta pacífica, pero que deben individualizar y sancionar a quienes ejerzan o propicien actos violentos en dicho marco.

Respecto del primer estudiante, la Corte verifica que, si bien se encontraron armas y explosivos en su domicilio, él niega tener vínculo con estos y, además, era imposible que pudiera acceder a ellos, pues fue detenido en la protesta pacífica. Además, la parte resolutiva no establece de modo claro cuál es la sanción aplicada. Por ende, la Corte concluye que la decisión sancionadora presenta contradicciones y se fundamenta en hechos no probados, por lo que lesiona el derecho al debido proceso.

La Corte enfatiza que el uso de explosivos y cualquier otra manifestación de violencia transgrede los límites del derecho a la protesta pacífica y, por ende, sí es susceptible de sanción.

Respecto del segundo estudiante, la Corte constata que sí se acreditó que actuó con violencia contra la autoridad policial y que el procedimiento disciplinario respetó los estándares del debido proceso.

Por ende, la Corte ampara la demanda del primer estudiante y ordena se reinicie el procedimiento disciplinario; y confirma el rechazo de la demanda del segundo estudiante.

Sentencia T-290-23