Corea del Sur: Criminalización de actos homosexuales entre militares es constitucional

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Corte Constitucional de Corea del Sur.

La Corte Constitucional de Corea del Sur declaró constitucional las disposiciones de la Ley Penal Militar que criminalizan la conducta sexual entre personas del mismo sexo.

El artículo 92-6 de la Ley Penal Militar surcoreana sanciona la «actividad indecente» de los militares con hasta dos años de prisión. Esta norma ha venido siendo aplicada para criminalizar los actos sexuales entre personas del mismo sexo incluso si estos son consentidos.

En el marco de dos procesos penales seguidos por dicho delito, se solicitó a la Corte Constitucional determinar si esta norma es constitucional.

La Corte considera que la descripción del delito es clara y que se refiere únicamente a actos sexuales entre personas del mismo sexo. La Corte agrega que este delito no incluye la actividad sexual consensuada en espacios privados fuera de bases militares y fuera del tiempo de servicio.

La Corte, sin embargo, considera que el delito se configura incluso de existir consentimiento si los actos se realizan dentro de bases militares o durante el tiempo de servicio, pues ello afecta la disciplina militar y da lugar al riesgo de que se reduzca el poder de combate de las fuerzas armadas.

La Corte considera además que no se vulnera el derecho a la igualdad debido a que el personal militar está constituido en gran mayoría por varones, de modo que existe una probabilidad mucho mayor de que ocurran actos homosexuales, lo cual impactaría sobre la disciplina militar y el poder de combate de las fuerzas armadas.

Por ende, por 5-4, la Corte concluye que esta disposición es constitucional.

Cuatro magistrados disienten pues consideran que la norma no es clara respecto de sus alcances, invade la esfera íntima del individuo y configura discriminación.

2017-35