EE.UU.: Twitter no es responsable de ayudar a grupos terrorista por permitirles tener una cuenta en su plataforma

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Fachada de la Suprema Corte de los Estados Unidos.

La Suprema Corte de los Estados Unidos determinó que Twitter no es responsable de ayudar e incitar actividad terrorista por el solo hecho de permitir que ISIS haya tenido una cuenta en su plataforma.

En el 2017, el Estado Islámico de Irak y Siria (ISIS) ejecutó un ataque terrorista en la discoteca «Reina» en Estambul, Turquía, en donde fallecieron Nawras Alassaf y 38 otras personas.

La familia de Alassaf demandó a Twitter al amparo la Ley de Justicia contra los Patrocinadores del Terrorismo, que atribuye responsabilidad civil a quienes ayuden e instiguen con asistencia sustancial o conspiren con quien cometa actos de terrorismo internacional. Alegan que Twitter ha permitido a ISIS usar su plataforma y sus algoritmos de recomendación para reclutar personas, obtener financiamiento y distribuir propaganda, lucrando con todo ello mediante publicidad.

La Suprema Corte señala que «ayudar e instigar» implica una participación consciente, voluntaria y culpable en la actividad ilícita de un tercero. Para ello, conforme a su jurisprudencia, deben concurrir tres elementos: (i) debe haberse producido un acto antijurídico ocasionado por la persona asistida; (ii) quien proporciona la ayuda debe haber estado al tanto de su rol como parte de una actividad ilícita; y, (iii) quien proporciona la ayuda debe haber asistido consciente y sustancialmente en la actividad ilícita. En tal sentido, no basta con que se haya brindado ayuda a una empresa trascendente, sino que debe haberse asistido en la comisión concreta del acto antijurídico, en este caso, el ataque terrorista.

La Corte considera acreditado que ISIS cometió un acto antijurídico y que Twitter conoció o debió conocer que participó de algún modo en los esfuerzos de la organización terrorista. Sin embargo, no se ha demostrado que su participación haya sido consciente ni sustancial a tal punto que puedan ser responsabilizados del ataque terrorista en la discoteca «Reina».

La Corte verifica que no se ha alegado ni probado que ISIS utilizara la plataforma de Twitter para planificar o coordinar el ataque ni que se le haya brindado a ISIS algún trato especial o fomento a su actividad. La sola creación de cuentas en una red social no es más culpable que el uso de correos electrónicos, teléfonos celulares o el internet en general. La relación de Twitter con sus usuarios, así, es eminentemente pasiva e indiferente con la mayoría de sus usuarios.

La Corte observa que la demanda se basa principalmente en la inacción de Twitter, pero no se ha identificado ningún deber incumplido, mucho menos un acto de ayuda e instigación.

Por ende, la Suprema Corte revierte la decisión del Noveno Circuito y desestima la demanda.

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