El Tribunal Supremo de España anuló la exclusión de los espectáculos taurinos del Bono Cultural Joven, pues el legislador lo ha calificado como espectáculo cultural y ha establecido el deber positivo de promoverlo.
El Bono Cultural Joven es una ayuda directa de 400 € que el Estado otorga a los jóvenes que cumplen 18 años para productos y actividades culturales. El Real Decreto 210/2022 regula dicho bono, estableciendo que no son subvencionables los espectáculos taurinos, deportivos y la adquisición de papelería, libros curricularres, equipos informáticos y electrónicos, instrumentos musicales, moda y gastronomía.
La Fundación Toro de Lidia cuestionó la exclusión de espectáculos taurinos.
El Tribunal observa que la Ley de regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural reconoce el carácter cultural de los espectáculos taurinos y establece el deber positivo de promoverlos, lo que está fuera de controversia.
El Tribunal considera que las justificaciones esgrimidas por el Estado, en el sentido de que los espectáculos taurinos se fomentan a través de otros instrumentos, son genéricas e insuficientes, tanto más si el Bono Cultural Joven tiene una proyección general y de enfoque hacia las nuevas generaciones.
Por ende, el Tribunal concluye que no se ha justificado adecuadamente la exclusión de los espectáculos taurinos y, atendiendo al deber positivo de promover la tauromaquia como patrimonio cultural, anula dicha disposición.
STS 202/2023
España: Espectáculos taurinos no pueden ser excluidos del Bono Cultural Joven
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