TEDH: Lituania vulneró libertad de expresión al censurar un libro de cuentos de hadas con personajes homosexuales

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Fachada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que Lituania vulneró la libertad de expresión al censurar un libro de cuentos de hadas que incluía historias con matrimonios entre personajes del mismo sexo.

La peticionaria era una autora de libros para niños. En 2013, la Universidad Lituana de Ciencias Educativas publicó uno de sus libros, el que contiene cuentos de hadas con personajes de distintos grupos étnicos y personajes con discapacidades, y donde aborda asuntos como el bullying, las familias divorciadas y la migración. En dos de los seis cuentos se incluyen historias con personajes homosexuales.

El Ministerio de Cultura lituano determinó que estos dos cuentos expresan desprecio por los valores familiares, por lo que tendrían un efecto negativo en los niños. La distribución del libro fue suspendida y retomada solo después de agregar una advertencia. La autora reclamó ante los tribunales lituanos sin éxito.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determina que la suspensión temporal de la distribución del libro y el agregado de una advertencia al reanudarla son atribuibles al Estado, por tratarse de medidas adoptadas por una universidad pública como resultado de la legislación nacional, lo que fue ratificado por los tribunales.

El Tribunal considera que estas medidas lesionaron la libertad de expresión de la peticionante, al impactar sobre la disponibilidad del libro a los lectores.

El Tribunal rechaza las alegaciones del Estado lituano de que sus acciones buscaron proteger a los niños de información sexualmente explícita. La revisión de los pasajes descritos (donde una princesa y la hija de un zapatero duermen una en los brazos de la otra tras su boda) no evidencia contenido sexual. Tampoco se advierte que los textos insulten, degraden o disminuyan las relaciones heterosexuales, sino que, por el contrario, incentivan la aceptación de todos los miembros de la sociedad.

El Tribunal señala que no hay evidencia científica de que la sola mención de la homosexualidad o el debate público sobre las minorías sexuales afecte de manera adversa a los niños. El Tribunal considera que el impedir a los niños el acceso a información sobre relaciones del mismo sexo muestra que las autoridades lituanas ven a las relaciones heterosexuales como más valiosas y socialmente aceptables, lo que contribuye a su estigmatización.

Por ende, tales restricciones son incompatibles con las nociones de igualdad, pluralismo y tolerancia en una sociedad democrática y concluye que las medidas adoptadas no persiguieron un fin legítimo.

El Tribunal declara la vulneración del derecho a la libertad de expresión y ordena a Lituana pagar 17,000 €.

Cinco Jueces consideraron que, además de la libertad de expresión, también debió declararse la vulneración del derecho a la no discriminación.

Caso Macaté vs. Lituania