El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que Turquía vulneró el derecho a la tutela judicial y a un proceso justo de un postulante a la carrera judicial que fue arbitrariamente excluido tras superar las evaluaciones sin posibilidad de control judicial.
Tras aprobar las evaluaciones correspondientes, un postulante recibió formación como Juez Administrativo. En junio de 2018, aprobó el examen final escrito con una calificación de 88/100. Inicialmente, el Ministerio de Justicia lo desaprobó en la entrevista personal por inconsistencias en sus antecedentes escolares, pero ello fue revocado al recibir mayor información.
Pese a haber aprobado toda la formación judicial, el Consejo de Jueces y Fiscales rechazó designarlo como juez por supuestamente no cumplir con los requisitos legales, sin precisar cuál requisito no se cumple. El Consejo rechazó sus impugnaciones sin mayor sustento. La Corte Constitucional turca rechazó su demanda debido a que la Constitución turca dispone que los actos del Consejo no están sujetos a control judicial.
El Tribunal observa que la Constitución turca establece el acceso igualitario al servicio público como derecho constitucional, precisando que no debe tomarse en cuenta factores distintos a los requisitos del puesto para su acceso.
A la luz de ello, el Tribunal señala que quien ha satisfecho todos los requisitos legales para acceder al cargo judicial y ha culminado el proceso de formación tiene el derecho a ser nombrado en aquel, sin que la discrecionalidad del Consejo pueda negar ello.
El Tribunal agrega que la exclusión de un postulante que había cumplido con todos los requisitos y superado exitosamente el proceso de designación, sin posibilidad de revisión judicial de tal decisión, no puede ser calificada como acorde a los intereses de un Estado de derecho.
El Tribunal refiere que, en casos anteriores, ha determinado ya que el Consejo de Jueces y Fiscales de Turquía no constituye un tribunal independiente e imparcial, dado que su composición es eminente política.
Por ende, el Tribunal declara que la ausencia de posibilidad de control judicial constituye una vulneración del derecho a la tutela judicial y a un proceso justo.
Caso Oktay Alkan vs. Turquía
TEDH: Turquía vulneró derechos de postulante a carrera judicial excluido arbitrariamente
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