TEDH: Nuevo rechazo de peticiones contra Polonia sobre legislación contra el aborto

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Fachada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó la petición de 927 mujeres que invocaron ser víctimas potenciales de la vulneración de sus derechos por la prohibición del aborto por anormalidades fetales, ya que no demostraron su condición de víctima.

La Ley de Planificación Familiar polaca establecía que era legal el aborto hasta la duodécima semana de gestación si corre riesgo la vida de la madre, si los exámenes prenatales indican un alto riesgo de que el feto presente daños o sufra de una enfermedad incurable que ponga en riesgo su vida o si existen motivos sólidos para creer que la gestación es producto de violación sexual o incesto. En enero de 2021, el Tribunal Constitucional polaco declaró que el segundo motivo (malformaciones del feto) es inconstitucional.

La Federación por las Mujeres y la Planificación Familiar – FEDERA elaboró un formato de petición para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos e incentivó a que sea llenado y presentado por mujeres en edad fértil residentes en Polonia. Como consecuencia de ello, se presentaron 927 peticiones, invocando la condición de víctima potencial de vulneración de los derechos a no ser objeto de trato inhumano y degradante y a la vida privada y familiar.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos recuerda que se requiere que concurran circunstancias muy excepcionales para que un peticionario pueda invocar condición de víctima ante el riesgo de vulneración futura. Además, en el Caso A.M. y otras vs. Polonia, ya determinó que la condición de mujer en edad fértil residente en Polonia no es suficiente para constituirse en víctima, debiendo acreditarse un riesgo tangible de que sus derechos sean afectados por las modificaciones en cuestión.

El Tribunal agrega que las peticionarias no han presentado pruebas sobre sus condiciones personales que permitan evaluar cualquier situación particular de afectación directa de derechos.

Por ende, el Tribunal declara inadmisibles las peticiones.

Caso M.B. y otras vs. Polonia