El Tribunal Supremo de España inadmitió la querella interpuesta contra la Presidenta del Congreso de los Diputados por permitir el uso de lenguas distintas al español ya que ello no configura delito.
En la sesión del 19 de septiembre de 2023, la Presidenta del Congreso de los Diputados autorizó el uso de lenguas oficiales distintas al español, lo que dio lugar al uso de catalán, euskera y gallego por diversos diputados.
Un partido político denunció a la Presidenta por el delito de prevaricación, ya que el Reglamento del Congreso de los Diputados vigente en aquel momento no permitía el uso de otras lenguas.
El Tribunal Supremo recuerda que la prevaricación no se constituye por la mera ilegalidad, sino que la acción imputada debe ser ilegal, injusta y arbitraria. En tal sentido, no basta la mera contrariedad al derecho sino que es preciso que esa contrariedad al derecho sea una contrariedad a los principios y valores constitucionales.
El Tribunal observa que el uso de lenguas oficiales distintas al español se produjo en el marco del debate sobre la modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados con miras precisamente a permitir dicho uso, lo cual fue aprobado dos días después. Además, el que el Reglamento no contemplara su uso no impide que este fuera autorizado para el debate, como ocurrió.
Por ende, el Tribunal Supremo declara la inadmisión a trámite de la querella por no ser los hechos constitutivos de ilícito penal.
ATS 16113/2023

