Reino Unido: Puede dictarse mandatos judiciales contra sujetos indeterminados para prohibir campamentos no autorizados en terrenos públicos

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Fachada de la Suprema Corte del Reino Unido.

La Suprema Corte del Reino Unido determinó que los tribunales pueden dictar mandatos judiciales dirigidos contra sujetos indeterminados para prohibir campamentos no autorizados en terrenos públicos.

Entre 2015 y 2020, algunas autoridades locales obtuvieron mandatos judiciales (injunctions) orientados a impedir que gitanos y otros nómadas acamparan sin permiso en terrenos de la autoridad local sin permiso. Dado que las personas que acamparían no pueden ser identificadas previamente, los mandatos se dirigieron a «personas desconocidas».

En 2020, ante los pedidos de prórroga o ampliación de los mandatos, un juez de la Alta Corte determinó que los tribunales no pueden dictar mandatos contra personas que no han acampado o amenazado siquiera con acampar en los terrenos de la autoridad, salvo de manera provisional y por periodos cortos. La Corte de Apelaciones revocó esta decisión.

La Suprema Corte identifica a los «mandatos para recién llegados» (newcomer injunctions) como una forma completamente nueva de mandato judicial, dictado sin noticia previa contra personas cuya identidad no puede conocerse al momento de su emisión, de modo que pueden potencialmente aplicar a cualquiera.

La Corte observa que, respecto de gitanos y nómadas, estos mandatos suelen dictarse cuando es improbable que tales personas tengan algún derecho o libertad de asentarse en los terrenos de la autoridad, de modo que estos buscan garantizar los derechos de la autoridad en procesos en los que no hay una real controversia.

La Corte agrega que el proceso clásico de desalojo no es idóneo porque, para el momento en que este se inicia, los gitanos y nómadas involucrados ya han dejado el lugar y han sido reemplazados por personas distintas.

La Corte señala que el poder de dictar mandatos es ilimitado, salvo la ley fije restricciones. No está restringido por categorías preexistentes, pudiendo dictarse en nuevas circunstancias según lo requieran los principios de justicia y equidad que subyacen. Por ende, los tribunales cuentan con el poder de dictar «mandatos para recién llegados» (newcomer injunctions) dirigidos contra personas que aún no ocupan el lugar.

Sin embargo, la Corte precisa que, para dictar tales mandatos, es necesario atender a los principios de equidad. En concreto, respecto de la prohibición de campamentos no autorizados de gitanos y nómadas, los mandatos para recién llegados serán justificados si la autoridad local demuestra que existe una necesidad imperiosa de proteger los derechos civiles o hacer cumplir la ley que no se vea satisfecha adecuadamente por otros mecanismos.

Además, la Corte señala que, al dictarse sin notificar a los afectados, es necesario que la solicitud de tales mandatos sea publicitada adecuadamente para que los posibles afectados cuenten con la oportunidad de manifestar lo conveniente a su derecho. De igual manera, una vez dictado el mandato, este debe ser colocado en un lugar notorio del lugar, con la indicación de que puede solicitarse su variación o levantamiento a los tribunales.

Por ende, la Suprema Corte estima el recurso.

[2023] UKSC 47. Wolverhampton City Council vs. London Gypsies and Travellers