Israel: Declaran nula enmienda de ley fundamental que limitaba control jurisdiccional de actos gubernamentales

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Corte Suprema de Israel.

La Corte Suprema de Israel declaró nula la enmienda de la Ley Fundamental del Sistema Judicial que impedía el control jurisdiccional de la razonabilidad de las decisiones gubernamentales, por ser contraria al Estado democrático.

Israel tiene una constitución no codificada, que incluye varias Leyes Fundamentales, trece aprobadas a la fecha. Una de estas es la Ley Fundamental del Sistema Judicial, que regula la conformación y poderes de la judicatura. En marzo de 2023, la Asamblea legislativa aprobó una enmienda de la Ley Fundamental del Sistema Judicial que prohibió expresamente el control jurisdiccional de la razonabilidad de las decisiones gubernamentales.

La Corte Suprema recuerda que la autoridad de la Asamblea en su calidad de constituyente o es ilimitada, pues no puede promulgar una ley fundamental que niegue o contradiga las características de la identidad nuclear de Israel como Estado judío y democrático. La judicatura es la autoridad llamada para controlar los controlar los excesos en los que incurra la Asamblea incluso en la expedición de leyes fundamentales. Por ende, se declara competente para controlar esta modificación.

Bajo estos parámetros, la Corte considera que la modificación objeto de control constituye un exceso de la Asamblea de su autoridad constituyente, pues la revisión judicial es el único freno eficaz al gran poder concentrado en manos del gobierno.

Así, la enmienda en cuestión, al negar rotundamente la autoridad de los tribunales para controlar la razonabilidad de todas las decisiones gubernamentales perjudica gravemente el principio de separación de poderes y el Estado de derecho, priva al individuo de tutela si sus intereses son perjudicados por las acciones del gobierno, deja zonas enteras sin control judicial efectivo, impide la protección de intereses públicos como la la integridad de los funcionarios y puede conducir al abuso de recursos gubernamentales con el fin de obtener ventajas políticas durante un período electoral.

Por ende, la Corte Suprema, por 8-7, declara nula la enmienda a la Ley Fundamental del Sistema Judicial.

Siete jueces disienten.

Tres jueces consideran que debe darse una interpretación restrictiva a la enmienda, de modo que no impida el control de los actos extremadamente irrazonables.

Un juez estima que la enmienda, si bien afecta la separación de poderes y el Estado de Derecho, no lo hace con una intensidad tal que justifique la nulidad de una ley fundamental.

Un juez opina que el caso es prematuro, pues es necesario que la enmienda sea previamente interpretada por la judicatura para delimitar sus alcances para identificar las graves consecuencias que se aducen.

A su vez, dos jueces consideran que la Corte Suprema no es competente para controlar las leyes fundamentales, ya que no existe ninguna fuente de autoridad que así lo permita.

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