Israel: Mujeres pueden ocupar puestos de rabinos en Asamblea Electoral

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Corte Suprema de Israel.

La Corte Suprema de Israel determinó que las mujeres pueden ocupar los puestos de rabinos de la Asamblea Electoral del Gran Rabinato.

La Ley del Gran Rabinato establece que la Asamblea Electoral encargada de elegir a los Grandes Rabinos y a los miembros del Consejo del Gran Rabinato incluye a ochenta rabinos y a setenta representantes públicos. De los primeros, diez rabinos son nombrados por los principales rabinos de Israel en consulta con el Primer Ministro.

El Centro Ruth y Emanuel Rakman para el Avance de la Condición de la Mujer de la Universidad Bar-Ilan aduce que esta disposición no establece condiciones de elegibilidad con los representantes denominados “rabinos” y que, por tanto, este término debe interpretarse en el sentido que incluya también a las mujeres que estudiaron la ley judía en educación superior o en instituciones de formación de liderazgo religioso.

La Corte Suprema observa que la Asamblea Electoral no es un organismo religioso sino un órgano estatal con incidencia sobre instituciones públicas, de modo que debe interpretarse en su contexto legal.

La Corte advierte que la Ley del Gran Rabinato no define el término “rabino” ni establece ninguna condición de calificación, como aprobar pruebas de certificación rabínica, número de años de estudio o enseñanza, tenencia como rabino de una comunidad o institución religiosa, etc.

Por tanto, la Corte considera que el «rabino», ante la ausencia de mayores restricciones, debe entenderse en sentido amplio, como un maestro o sabio de la Torá a cargo de la comunidad para instruirla y supervisar su vida religiosa. Tal rol es desempeñado en muchos casos por mujeres, quienes fungen como maestras o asesoras de la ley judía, encabezan comunidades o participan de instituciones de educación superior religiosa.

La Corte estima que esta lectura satisface el objetivo de la ley, que es permitir la representación de aquellos con conocimiento y estatus de la Torá en el mundo de la Torá, al margen de su género.

Por ende, la Corte interpretó la Ley del Gran Rabinato en el sentido de que los rabinos que integran la Asamblea Electoral pueden ser mujeres con profundo conocimiento de la ley judía.

Un juez disiente, pues considera que el término “rabino” solo debe incluir a los que sean ordenados y certificados como tales por el Gran Rabinato, vía solo disponible para varones.

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