TEDH: Suiza incumplió obligaciones internacionales al no adoptar acciones suficientes contra el cambio climático

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Fachada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que Suiza incumplió sus obligaciones internacionales al no adoptar suficientes acciones para mitigar los efectos del cambio climático.

Una asociación de mujeres de la tercera edad constituida para promover e implementar la protección efectiva contra el cambio climático, así como cuatro de sus integrantes, que padecen de problemas de salud que se agravan con las olas de calor, solicitaron al Consejo Federal y a las autoridades ambientales suizas que tomaran acciones para cumplir con las metas al 2030 fijadas por el Acuerdo de París. Su pedido fue rechazado por las autoridades administrativas y por los tribunales suizos pues se consideró que no eran afectadas directas.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos señala que el control que puede efectuar debe enmarcarse dentro de los compromisos asumidos por los Estados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, considera que la falta de acciones estatales para combatir el cambio climático agrava los riesgos de consecuencias lesivas para los derechos humanos, lo que ha sido confirmado por el conocimiento científico.

El Tribunal determina que existen suficientes indicadores confiables de que el cambio climático por acción humana es real, que este constituye una amenaza seria y actual a los derechos humanos y que los Estados son conscientes de ello y deben adoptar medidas para enfrentarlo.

No obstante ello, el Tribunal considera que las cuatro peticionarias individuales no califican como víctimas por la insuficiente probabilidad de que sus derechos se vean directamente afectados por el cambio climático. Sí ostenta legitimidad la asociación, sin embargo, pues sus integrantes sí podrán verse afectadas.

El Tribunal determina que el derecho a la vida privada incluye el derecho de que las personas reciban protección efectiva por las autoridades estatales de los serios efectos adversos del cambio climático sobre su vida, salud y bienestar.

El Tribunal considera que el deber principal de los Estados es adoptar y aplicar regulaciones y medidas capaces de mitigar los efectos existentes y futuros del cambio climático, obligación que se desprende de la relación causal entre el cambio climático y el efectivo goce de los derechos humanos reconocidos por el Convenio Europeo.

El Tribunal verifica que Suiza presenta fallas críticas en el proceso de implementación del marco regulatorio relevante, incluyendo la omisión de cuantificar las emisiones de gases de efecto invernadero. El Tribunal agrega que Suiza ya ha incumplido sus metas de reducción de tales gases con anterioridad. Por ende, concluye que Suiza ha excedido de su margen de apreciación y ha incumplido sus deberes en este aspecto, vulnerando el derecho a la vida privada y familiar.

El Tribunal determina también que se vulneró el derecho de acceso a la justicia, pues los tribunales nacionales no proporcionaron razones suficientes sobre por qué consideraron innecesario revisar el fondo del pedido a la luz de la contundente evidencia científica, además de la ausencia de otros mecanismos de tutela. El Tribunal enfatiza que los tribunales nacionales desempeñan un rol clave en el litigio sobre cambio climático para garantizar la adopción de medidas para combatirlo.

Por ende, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos declara que Suiza vulneró los derechos a la vida privada y familiar y a un proceso justo y ordena el pago de una indemnización de 80,000 €. Además, el Tribunal dispone que el Comité de Ministros del Consejo de Europa supervise la adopción de medidas contra el cambio climático.

Un juez disiente parcialmente pues, si bien coincide en que se vulneró el derecho de acceso a la justicia, considera que no se desprende una protección general al medio ambiente del Convenio Europeo.

Caso Verein KlimaSeniorinnen Schweiz y otras vs. Suiza