La Corte Internacional de Justicia rechazó el pedido de Nicaragua de suspender provisionalmente la provisión de armas a Israel por parte de Alemania.
Nicaragua inició un proceso contra Alemania por el apoyo militar que esta proporciona a Israel, alegando que ello atenta contra las obligaciones asumidas en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.
En dicho marco, Nicaragua solicitó que se dicte una medida cautelar por la que se ordene a Alemania suspender el apoyo que presta a Israel, particularmente la asistencia militar; tomar las medidas necesarias para que que el armamento ya entregado no sea utilizado para cometer genocidio ni vulnerar el Derecho Internacional Humanitario; y revertir su decisión de suspender el financiamiento de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA).
La Corte Internacional de Justicia recuerda que tiene la potestad de dictar cualquier medida provisional que deba ser tomada para preservar los derechos de cualquiera de las partes.
La Corte observa que el marco legal alemán sobre fabricación, comercialización y exportación de armas y equipamiento militar pasa por una serie de aprobaciones regulatorias, que involucran la evaluación de si el objeto en cuestión puede ser usado para cometer genocidio, crímenes contra la humanidad o graves violaciones de las Convenciones de Ginebra.
La Corte verifica además que el volumen de exportaciones autorizadas se ha reducido considerablemente.
En relación con la solicitud de Nicaragua de que Alemania retome el apoyo y financiamiento de la UNRWA, la Corte señala que las contribuciones son voluntarias y aprecia que Alemania ha respaldado iniciativas dirigidas al financiamiento de dicha agencia a través de la Unión Europea., además de haber proporcionado apoyo financiero y material a otras organizaciones que operan en la Franja de Gaza.
La Corte recuerda que, en su resolución del 26 de enero de 2024, determinó que las operaciones militares de Israel han resultado en un elevado número de muertos y heridos, así como en la destrucción de hogares, el desplazamiento forzado de la mayor parte de la población y daño extenso a la infraestructura civil.
Por ello, la Corte recuerda que todos los Estados deben asegurarse de cumplir las Convenciones de Ginebra en toda circunstancia y, en concreto, respetar sus obligaciones internacionales vinculadas con la transferencia de armamento a las partes de un conflicto armado, con el fin de evitar el riesgo que sea empleado para violar los convenios referidos.
Por ende, la Corte determina que no concurren circunstancias que requieran el dictado de medidas provisionales.
Alleged Breaches of Certain International Obligations in respect of the Occupied Palestinian Territory (Nicaragua vs. Alemania).

