Francia: Suspenden prohibición de usar denominaciones como filete o jamón para productos vegetales

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Fachada del Consejo de Estado de Francia.

El Consejo de Estado de Francia suspendió provisionalmente el decreto que prohíbe utilizar denominaciones como filete, jamón o charcutería para productos alimenticios vegetales.

El Código de Consumo francés establece que las denominaciones utilizadas para designar productos alimenticios de origen animal no pueden ser empleados para productos alimenticios que contengan proteínas vegetales en una proporción mayor a la que será fijada por decreto.

En desarrollo de esta norma, se emitió el decreto del 29 de junio de 2022 que prohibió la denominación de carnicería, charcutería o pescadería o la referencia a especies o partes de animales para productos de proteínas vegetales.

En julio de 2022, el Consejo de Estado suspendió parcialmente dicho decreto por infringir el Reglamento UE 1169/2011, sobre información alimentaria facilitada al consumidor, que regula la denominación de alimentos y establece que los Estados no podrán adoptar medidas nacionales que puedan obstaculizar la libre circulación de productos alimentarios de otros Estados miembros.

El 26 de febrero de 2024, se emitió un nuevo decreto, que reemplaza el del 29 de junio de 2022, reiterando su regulación e incorporando una lista de denominaciones prohibidas para productos alimenticios con proteínas vegetales, incluyendo filete, solomillo, cuadril, entrecot, entraña, costilla, bistec, lomo, escalopa, jamón y charcutería.

Dos empresas de productos alimenticios vegetarianos solicitan la suspensión de este decreto.

El Consejo de Estado estima que concurren razones de urgencia para suspender este decreto, pues implicará una repentina y grave caída en la venta de productos que emplean denominaciones tales como «filete vegetal» o «tocino vegeta», las que han sido utilizadas por largo tiempo y se encuentran instalados en la mente de los consumidores.

El Consejo de Estado aprecia también que estos productos pueden ser fabricados en otros Estados miembros de la Unión Europea, que no presentan esta prohibición, de modo que se generaría un incremento de costes para la modificación del envasado y la interrupción de sus ventas por este, lo que puede incluso afectar a la sostenibilidad de su actividad.

El Consejo de Estado enfatiza que ha formulado consulta prejudicial al respecto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se encuentra pendiente de resolver.

Por ende, el Consejo de Estado suspende provisionalmente el Decreto 2024-144, que prohíbe el uso de diversas denominaciones como filete, jamón y charcutería para productos alimenticios vegetales.

Decision 492844