Perú: Ratifican declaración de ilegalidad de organización política ANTAURO

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Fachada del Palacio de Justicia del Perú

La Corte Suprema ratificó la declaración de ilegalidad de la organización política ANTAURO por verificar que promueve un discurso antidemocrático que ensalza la violencia y la exclusión de grupos vulnerables.

En diciembre de 2023, se inscribió en el Registro de Organizaciones Políticas la Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (ANTAURO).

En julio de 2024, el Fiscal de la Nación solicitó a la Corte Suprema que la declarara ilegal por presentar una orientación ideológica contraria a los principios democráticos.

En primera instancia, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema declaró fundada la demanda, al verificar que la organización política ANTAURO presenta un discurso antidemocrático que promueve el fusilamiento de expresidentes y la la exclusión y persecución de personas de la comunidad LGBTIQ+ y migrantes.

Interpuesta apelación, el caso fue derivado a la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema para pronunciarse al respecto.

La Corte recuerda que la declaración de ilegalidad de un partido político por conducta antidemocrática es un mecanismo establecido para proteger la dignidad humana, la soberanía del pueblo, el estado democrático de derecho y los valores y principios democráticos con la finalidad de evitar que organizaciones políticas y sus líderes utilicen los procesos electorales para acceder al poder e instauren un régimen dictatorial

La Corte verifica que se ha garantizado el derecho de defensa, al permitirse a la organización política presentar su posición.

La organización política argumenta que los cuestionamientos son dirigidos a acciones del señor Antauro Igor Humala Tasso, quien, refiere, no es sino un militante del partido. Sin embargo, la Corte observa que la organización política ha brindado una amplia plataforma al señor Humala para exponer sus ideas antidemocráticas en eventos oficiales, incluyendo el ensalzamiento de la toma de cuarteles y comisarías, el fusilamiento de expresidentes y la prohibición del trabajo a extranjeros.

Además, la organización política ha empleado sus redes sociales para promocionar diversas actividades realizadas por el señor Humala. Y no puede soslayarse que la sigla de la organización forma su nombre, además de haberse reconocido como ideólogo y fundador.

La Corte considera, de otro lado, que es irrelevante que el Jurado Nacional de Elecciones haya desestimado la tacha presentada contra la inscripción de esta organización política, debido a que el parámetro de análisis es diferente: en aquel proceso, se verificó únicamente el cumplimiento de los requisitos fijados por la Ley de Organizaciones Políticas; en cambio, es en este proceso donde se analiza el discurso del partido para la protección del sistema democrático.

En cuanto a la invocación sobre las libertades de expresión y opinión, la Corte señala que los discursos cuestionados promueven la violencia y la persecución de grupos vulnerables, además de conmemorar acciones violentas encabezadas en el pasado por el señor Humala. En tal sentido, la declaración de ilegalidad no vulnera las libertades de expresión y opinión, sino busca garantizar la protección de la dignidad humana y de los derechos fundamentales.

Por ende, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia confirma la sentencia que declaró ilegal la organización política ANTAURO y, en consecuencia, ordena la cancelación de su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas, con imposibilidad de reinscripción, y el cierre de sus locales partidarios.

Apelación N° 4407-2024

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.