India: Ordenan retirar de circulación libro de texto escolar que incluía capítulo sobre corrupción en el Poder Judicial

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Corte Suprema de India.

La Corte Suprema de la India inició de oficio un proceso constitucional y ordenó el retiro inmediato de todos los ejemplares del libro de texto de Ciencias Sociales para octavo grado titulado Exploring Society: India and Beyond (Explorando la Sociedad: India y Más Allá), al advertir que el capítulo cuarto de esa obra incorporaba un apartado sobre corrupción en el Poder Judicial con contenido que, prima facie, amenaza la dignidad institucional de la judicatura.

El libro fue publicado por el Consejo Nacional de Investigación y Formación en Educación en febrero de 2026 para su uso en las aulas escolares. Un artículo del diario Indian Express alertó sobre el contenido del capítulo cuarto, titulado «El Rol del Poder Judicial en nuestra Sociedad», que hacía referencia a quejas recibidas contra la judicatura, citaba fragmentos descontextualizados de declaraciones de un ex Presidente de la Corte Suprema para sugerir que el propio tribunal había reconocido falta de transparencia e impunidad interna, y afirmaba que la ciudadanía experimenta corrupción en distintos niveles del Poder Judicial. Al consultar al Director del Consejo sobre la veracidad de la publicación, este respondió por escrito defendiendo el contenido del libro.

La Corte observa que el capítulo, leído en conjunto con la respuesta administrativa del Director, revela una agenda orientada a socavar la autoridad institucional y la dignidad del Poder Judicial, omitiendo al mismo tiempo las contribuciones históricas de la Corte Suprema, los Altos Tribunales y los juzgados de distrito en la preservación del sistema democrático y la doctrina de la estructura básica de la Constitución. La Corte señala que la elección de palabras y expresiones del libro no parece constituir un error inadvertido o de buena fe.

La Corte precisa que la intervención judicial no persigue suprimir la crítica legítima ni restringir el escrutinio de las instituciones públicas, sino salvaguardar la integridad pedagógica del currículo nacional frente a una narrativa parcializada que puede generar concepciones erróneas permanentes en estudiantes que aún carecen de la perspicacia necesaria para apreciar las complejas responsabilidades que el Poder Judicial desempeña cotidianamente.

La Corte estima que, de acreditarse que la inclusión del capítulo fue deliberada, la conducta configuraría prima facie desacato criminal conforme al artículo 2, literal c, de la Ley de Desacato a los Tribunales de 1971, por interferir con la administración de justicia y desprestigiar a la institución.

La Corte advierte que el Ministerio de Educación ordenó suspender la distribución del libro y que el Consejo emitió un comunicado de disculpa, pero reserva para una etapa posterior la evaluación de si esa disculpa fue genuina o si constituye una maniobra para eludir consecuencias, considerando que el daño ya causado tiene carácter irreversible.

Por ende, la Corte Suprema ordena al Departamento de Educación Escolar y al Director del Consejo Nacional de Investigación y Formación en Educación que expliquen por qué no debe iniciarse acción por desacato u otras normas penales aplicables contra ellos y quienes resulten responsables de introducir el capítulo impugnado.

En consecuencia, ordena el retiro y decomiso inmediato de todos los ejemplares físicos y digitales del libro; impone una prohibición total sobre cualquier nueva publicación, impresión o difusión digital de la obra bajo cualquier título que contenga el mismo contenido; y ordena que se presente la lista completa de los miembros del comité que aprobaron el capítulo, los nombres del equipo redactor y las actas de todas las reuniones en que se deliberó y aprobó.

Suo Moto Writ Petition (Civil) N.° 1/2026

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.