El Tribunal Constitucional de España ha inadmitido el recurso de amparo interpuesto por la Centra Unitaria de Traballadores/as de Galicia, la que invocaba la vulneración del derecho a reunión en lugares públicos y de manifestación en relación con la libertad sindical por no permitírsele realizar una manifestación por el Día del Trabajo.
La Centra comunicó a la Subdelegación del Gobierno de Pontevedra que realizaría una manifestación rodada en vehículos particulares en la ciudad de Vigo el 1 de mayo. La Subdelegación contestó indicando que el Estado de Alarma declarado por la pandemia de COVID-19 no contempla este supuesto entre las excepciones a la limitación para circular.
El Tribunal considera que la restricción de los derechos invocados es legítima pues ello busca proteger la salud y la integridad física de las personas dado el contexto de la pandemia de COVID-19. Asimismo, toda vez que la manifestación sería realizada en automóviles, se generaría congestión vehicular que obstruiría el acceso a hospitales.
Por tanto, la Sala Primera del Tribunal Constitucional acordó inadmitir a trámite el recurso de amparo.
ATC 2056-2020
España: Tribunal Constitucional rechaza autorizar manifestación durante cuarentena

