La Suprema Corte de Justicia de México declaró inconstitucional una ley estatal que impedía el acceso de niños a corridas de toros.
El Estado de Baja California dictó la Ley de Protección y Defensa de Derechos de Niños y Niñas y Adolescentes, cuyo artículo 45, fracción IX, prohibió la asistencia de menores de edad a espectáculos que contengan violencia extrema contra animales. Cuatro padres de familia cuestionaron la constitucionalidad de dicha norma.
La Corte señala que la norma no contiene definiciones claras, pues no precisa qué se entiende por «violencia extrema» ni si la violencia no extrema es permitida. Tampoco se presentó evidencia que demuestre cómo asistir a corridas de toros y eventos afines perjudica física o emocionalmente a los niños.
La Corte considera que la prohibición afecta la libre decisión de los padres sobre la dirección educativa de los hijos respecto de valores y tradiciones. En tal sentido, la ley invade la patria potestad de los padres y la libertad de conciencia de los niños.
Por tanto, se otorga amparo a los padres quejosos y se ordena a las autoridades no aplicarles la norma cuestionada.
Amparo en Revisión 329/2020
México: Impedir acceso de niños a corridas de toros es inconstitucional
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