Colombia: Es inconstitucional norma que faculta a empleadores definir labores prohibidas para mujeres

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Fachada del Palacio de Tribunales de Colombia.

La Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional parte de un artículo del Código Sustantivo de Trabajo que facultaba a los empleadores definir labores que no podían realizar las mujeres.

El artículo 108° del Código Sustantivo de Trabajo colombiano fija el contenido de los reglamentos internos de trabajo. El inciso 13 señala que estos deben fijar las labores que no pueden realizar las mujeres y los menores de 16 años.

La Corte Constitucional considera que esta medida no cumple ninguna finalidad constitucionalmente justificada, sino que se basa en un criterio discriminatorio. Asimismo, señala que no puede considerarse una medida afirmativa, sino que reproduce estereotipos de debilidad o fragilidad de la mujer.

Por ende, la Corte concluye que esta disposición atenta contra los derechos a la dignidad y la igualdad y suprimió la expresión «las mujeres y» de dicho artículo.

Sentencia C-038/21

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.