Eslovenia: Suspenden vacunación obligatoria contra COVID-19 de trabajadores estatales

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Fachada del Tribunal Constitucional de Eslovenia.

El Tribunal Constitucional de Eslovenia suspendió provisionalmente la vacunación obligatoria contra COVID-19 para los trabajadores estatales, mientras evalúa la constitucionalidad de la norma.

El gobierno esloveno emitió un decreto por el que se determinó que, para que los trabajadores estatales realicen trabajo presencial, deben acreditar haber sido vacunados, haberse recuperado del COVID-19 o contar con recomendación médica de no vacunación. Los trabajadores del Sector Privado, además de estas alternativas, pueden trabajar presencialmente sometiéndose a pruebas moleculares periódicas.

El Sindicato de Policías cuestionó la constitucionalidad de esta norma, por establecer un trato desigual entre los trabajadores estatales y privados y por imponer de facto una vacunación obligatoria. Solicitó además la suspensión provisional, pues los trabajadores estatales que no pudieran realizar trabajo remoto y no cumplieran con esta norma serían sancionados e incluso despedidos.

El Tribunal precisa que la suspensión provisional de la eficacia de la norma cuestionada se fundamenta en la existencia de consecuencias adversas irreparables de continuar su ejecución.

El Tribunal advierte que aquellas personas que no deseen vacunarse se enfrentan a sanciones laborales, que pueden culminar en el despido, lo cual generaría un perjuicio irreparable, no solo en el trabajador mismo, sino también en la eficacia de las entidades del Estado, que verían reducida su fuerza laboral.

El Tribunal verifica que el gobierno no ha justificado el trato desigual a los trabajadores estatales, pues no ha acreditado que estos se encuentren más expuestos a ser infectados con el virus SARS-CoV-2. Por ende, concluye que no se ha acreditado que mantener la eficacia de la norma cause sea más perjudicial que su suspensión provisional.

El Tribunal señala que el restringir las opciones a someterse a la vacunación o acreditar encontrarse recuperado podría generar que las personas que no deseen vacunarse se expongan voluntariamente al virus para contraer COVID-19 y, con la esperanza de recuperarse, poder continuar trabajando, lo cual atentaría de manera aun más grave contra su salud.

Por tanto, se suspende provisionalmente la eficacia del artículo 10 del Decreto, de modo que las condiciones previstas para los trabajadores privados se aplican también a los trabajadores estatales.

Dos jueces disienten, pues consideran que el riesgo de pérdida de vidas es mayor, que la vacunación es el mecanismo más eficaz para evitarlo y que, dado el contexto de alta infecciosidad, la vacunación obligatoria es legítima.

UI-210-21