España: Nulo el despido de trabajadora de religión que contrajo segundas nupcias

Published by

on

Fachada del Tribunal Supremo de España.

El Tribunal Supremo de España declaró nulo el despido de una profesora de religión a quien el Arzobispado de Valladolid retiró el requisito de idoneidad por contraer segundas nupcias.

La profesora venía trabajando dictando clase de religión y moral católica desde el 2001 en Tordesillas. Se divorció de su primer esposo y contrajo segundo matrimonio sin la nulidad canónica del primero; posteriormente, se divorció de su segundo esposo y entabló una relación de convivencia con otro caballero.

De manera incidental, reveló su situación personal a la Delegada de Enseñanza del Arzobispado, quien le sugirió la posibilidad de instar la nulidad del primer matrimonio. En el año 2016, contrató un abogado para tal fin. No obstante, el Arzobispado le retiró la «missio canónica» (confianza) y extinguió su contrato en el año 2017.

El Tribunal Supremo recuerda que el Tribunal Constitucional ha determinado que la situación conyugal pertenece a la esfera de la intimidad personal y familiar y que ello no puede ocasionar la amenaza de perder el empleo.

El Tribunal considera que correspondía al Arzobispado la aportación de una justificación objetiva y razonable de la medida de despido y de su proporcionalidad, lo que no se dio.

Por ende, se casa la sentencia precedente, se estima la demanda, se declara que la extinción del contrato constituyó despido nulo y se ordena la readmisión de la trabajadora con abono de los sueldos no percibidos.

Un magistrado disiente, pues considera que no concurre el presupuesto de contradicción entre la sentencia recurrida y la referencial y que el Tribunal Supremo está cambiando de criterio sin motivación adecuada.

Sentencia núm. 799/2021

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.