Corte IDH: Paraguay vulneró derechos de agente fiscal removido por autoridad que no prestaba garantías de imparcialidad

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Fachada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que Paraguay vulneró los derechos de un Agente Fiscal Penal removido por una autoridad que no prestaba garantías de imparcialidad.

Un abogado fue designado agente fiscal penal en 1999, pasando a investigar actos relacionados con el tráfico ilegal de vehículos robados, lo que involucraba a altos funcionarios públicos. En 2002, un investigado presentó una denuncia en su contra ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por mal desempeño de funciones.

El enjuiciamiento en su contra fue iniciado irregularmente por una providencia del presidente. Tras ello, el agente fiscal recusó a cuatro miembros del Jurado, incluyendo al presidente, solicitud que fue rechazada. Uno de los miembros del Jurado solicitó la nulidad del procedimiento por la irregularidad de su inicio, lo cual fue rechazado.

En abril de 2003, el Jurado dispuso la remoción del abogado del cargo de agente fiscal penal por mal desempeño de funciones. La Corte Suprema rechazó la acción de inconstitucionalidad. Por su parte, la prensa reportó presiones políticas e informó que el agente fiscal había iniciado investigaciones contra el presidente y otro miembro del Jurado sobre tenencia de vehículos robados.

La Corte recordó que los fiscales gozan de la garantía de estabilidad e inamovilidad en el cargo, por lo que la separación de su cargo debe obedecer al resultado de un proceso que cumpla con las garantías judiciales o al término de su mandato, solo pueden ser destituidos por faltas graves o incompetencia y todo proceso debe resolverse conforme a las normas de comportamiento y mediante procedimientos justos, objetivos e imparciales.

La Corte considera que el proceso ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados utilizó criterios claros, objetivos y previamente establecidos en la Constitución y la ley paraguayas, de modo que no se vulneró la independencia judicial.

Sin embargo, el que dos miembros del Jurado no se inhibieran pese a estar involucrados en investigaciones por tenencia de autos robados dirigidas por el agente fiscal enjuiciado da lugar a conflictos de interés que afecta su imparcialidad e impacta sobre el funcionamiento del colegiado. Por ende, la Corte concluye que se vulneró el derecho a contar con una autoridad imparcial.

Tratándose de una remoción arbitraria, se afectó también su derecho a acceder y permanecer en el cargo público en condiciones de igualdad, así como su derecho a la estabilidad laboral.

La Corte agrega que el agente fiscal no contó con un recurso efectivo para la tutela de sus derechos pues los mecanismos de reposición y aclaratoria no permiten la revisión integral de las decisiones del Jurado y la acción de inconstitucionalidad no tuvo en cuenta todos los alegados presentados.

Por ende, la Corte declara que Paraguay vulneró los derechos a la garantía judicial de un juez imparcial, a la protección judicial, a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad y al trabajo. En consecuencia, ordena eliminar todo registro público de la condena del agente fiscal, pagar indemnizaciones que suman US$ 288,000 y reembolsar gastos por US$ 20,269.12.

Caso Nissen Pessolani vs. Paraguay

Estatua de león ubicado en el frontis del Palacio de Justicia de Lima, Perú.