España: Uniforme con corbata en verano no atenta contra dignidad si se tiene acceso a aire acondicionado

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Fachada del Tribunal Supremo de España.

El Tribunal Supremo de España determinó que el exigir uso de corbata durante el verano no atenta contra la dignidad de los trabajadores que tengan acceso a aire acondicionado.

Un sindicato demandó a una empresa de servicios de seguridad para centros comerciales, solicitando que declare el derecho de los trabajadores a no portar corbata durante el verano. La Audiencia Nacional desestimó la demanda tras verificar que se exime de su uso a quienes no trabajan en atención al cliente.

El Tribunal Supremo recuerda que el empleador puede determinar el uniforme que será empleado, debiendo respetar en todo momento la dignidad de los trabajadores.

El Tribunal verifica que el empleador exige el uso de corbata únicamente en los puestos que se encuentran dotados de aire acondicionado, eximiéndolo en los puestos que no son de atención al cliente y no cuentan con este factor, incluso la vigilancia fuera de horario de atención, todo ello conforme a los acuerdos celebrados con el sindicato.

Por tanto, el Tribunal concluye que la empleadora no ha afectado la dignidad de los trabajadores ni incumplido los acuerdos laborales.

Por ende, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación y confirma el rechazo de la demanda.

STS 1712/2024