El Supremo Tribunal Federal de Brasil ratificó la suspensión de X (antes Twitter) por incumplimiento reiterado de mandatos judiciales de suspensión de cuentas de desinformación con fines políticos.
En el marco de una investigación por delitos de instigación y obstrucción de la justicia, un ministro del Supremo Tribunal Federal ordenó el bloqueo de siete perfiles empleados para amenazar agentes policiales y difundir sus datos personales y los de sus familiares.
A pesar de imponerse multas que superan los US$ 3’200,000.00, esta orden no fue cumplida, ocasionando el bloqueo de cuentas bancarias de X Brasil, Starlink Brasil y sus grupos económicos.
X Brasil anunció el retiro de sus representantes de Brasil, lo que fue interpretado como una medida para generar impunidad. Por ello, el ministro dispuso la medida provisional de suspensión de las operaciones de X Brasil ante el incumplimiento reiteradode las órdenes judiciales para la instrumentalización de las redes sociales mediante la difusión de discursos de odio y contrarios a la democracia.
El Tribunal Supremo Federal fue convocado para evaluar la decisión cautelar dictada por el ministro De Moraes.
El Tribunal recuerda que el Marco Civil de Internet reconoce la libertad de expresión pero también el respeto de los derechos humanos y la protección de la intimidad y de los derechos de los consumidores. En ese sentido, el proveedor de aplicaciones de internet puede ser civilmente responsable por contenido de terceros si incumple mandatos judiciales vinculados con estos.
El Tribunal recuerda además que la legislación brasileña obliga a las empresas que gestionan servicios de Internet en Brasil a tener su sede en el país. Es por ello que se creó X Brasil, cuya permanencia es necesaria para el funcionamiento de X en Brasil.
El Tribunal agrega que, al comunicar X Brasil su cese de operaciones, tales servicios no podrán continuar, particularmente porque dicho cese tiene el fin fraudulento de perpetuar el incumplimiento de los mandatos judiciales.
El Tribunal enfatiza que la liberad de expresión no da lugar a la libertad de agresión y que la prohibición constitucional de los discursos de odio e incitación a actos antidemocráticos no configura censura. En esa línea, el abuso de la libertad de expresión puede dar lugar a responsabilidad civil o penal.
El Tribunal agrega que la instrumentalización de las redes sociales permite la difusión de desinformación y ataques a la democracia, lo que constituye un riesgo grave para las elecciones municipales a realizarse en octubre de 2024.
Por ende, el Tribunal concluye que el intento de X Brasil de colocarse fuera de la ley, estando próxima en vísperas de las elecciones municipales de 2024, demuestra su clara intención de mantener y permitir la instrumentalización de las redes sociales, con la difusión masiva de desinformación y la posibilidad del uso nocivo e ilícito de la tecnología y la inteligencia artificial para dirigir clandestinamente la voluntad del electorado, poniendo en riesgo la democracia, como ya se ha intentado en Brasil anteriormente y en varios países del mundo por el nuevo populismo digital extremista.
Por ende, el Supremo Tribunal Federal ratifica la medida de suspensión de operaciones de X Brasil y aplicación de una multa diaria de R$ 50,000.00 (cerca de US$ 8,900.00) a quienes utilicen VPN u otra medida tecnológica para seguir utilizando X mientras dure la suspensión.
Los cinco ministros concurren en el voto, uno de ellos con reservas. Este señala que la decisión no debe afectar a quienes no han participado del proceso, salvo que utilicen la plataforma para defraudar esta decisión.
Tres ministros agregan que el ordenamiento jurídico brasileño faculta a los jueces a disponer las medidas coercitivas o compulsorias necesarias para garantizar el cumplimiento de sus mandatos y que el Marco Civil de Internet expresamente autoriza la suspensión temporal de operaciones.
Un ministro agrega que esta decisión no ha prohibido ni excluido ningún servicio legítimo, sino exigido el cumplimiento de la ley.
Pet 12.100/DF

